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R.126.1

(Deber funcional de reserva). Durante la información de urgencia y el procedimiento disciplinario abreviado, la investigación administrativa y el sumario, rige el deber funcional de reserva con el alcance previsto en el artículo D.49 del Digesto Departamental, salvo las excepciones que las normas dispongan, y comprende al personal de la Unidad Sumarios, de la dependencia encargada de la instrucción y a todo otro funcionario que por cualquier motivo o circunstancia tuviese conocimiento de alguna resultancia del procedimiento respectivo

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
126.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título II, Cap. I, Art. 126.1
Fuentes
Fuente: 
num. 4
Administrativo
Órden: 
A.0002.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.R.0126.0001.0000.0000.0000