Podrán tener a su servicio hasta dos ayudantes de cuyo comportamiento serán responsables.
Los ayudantes deberán reunir las condiciones que se exigen a los cuidadores.
Cuando los cuidadores no puedan concurrir a su servicio deberán dar cuenta al Servicio de Inspección General, ante el cual expresarán asimismo qué ayudante los sustituye durante la ausencia.
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