Los requisitos para la autorización del emplazamiento de monopolos en suelo o azoteas de edificios y antenas con vientos, en predios de propiedad de esta Intendencia, serán los siguientes:
I- En espacio privado departamental, sobre parte de un padrón: se deberá presentar documento con croquis del área de implantación y área de circulación en caso que no sea frentista a espacio público, con planilla de los vértices de área de uso y acceso. Se deberá presentar también planilla con el área de implantación y de circulación hasta el sitio de la implantación. Los documentos deberán estar firmados por un ingeniero agrimensor y contar con el timbrado profesional correspondiente.
II- En espacio privado departamental, sobre la totalidad de un padrón: se deberá presentar referencia al plano de mensura inscripto. El documento deberá establecer: nombre del ingeniero agrimensor, con su respectivo número y fecha de registro y contar con el timbrado profesional correspondiente.
III- Sobre espacio librado al uso público, calle o plaza: se deberá presentar documento con croquis firmado por ingeniero agrimensor, atado geométricamente a un lado y dos vértices de un padrón privado próximo de la zona. Se deberá presentar también planilla de coordenadas del lote y los vértices a los que se vincula, sumado al área y deslinde del espacio de implantación.
IV- En el anterior supuesto será preceptiva, a efectos de la habilitación, la previa consulta y aval de la División Espacios Públicos y Edificaciones.