Delegar en el Director General del Departamento Jurídico con carácter general, la facultad de conceder prórrogas o ampliaciones de los plazos fijados por resolución expresa para el diligenciamiento de los distintos sumarios o investigaciones administrativas que se tramitan en esta Comuna, siempre que no superen el máximo de cuatro meses, fijado por el artículo D.105 del Digesto Municipal.