Si lo establecido en los artículos anteriores, no se cumpliera y la Comisión constata la infracción se tomarán las siguientes medidas:
a) en los espectáculos del Concurso Oficial, las sanciones consistirán en el retiro temporal o definitivo del permiso de salida, así como también simultáneamente sugerir por nota a la Comisión de Calificación la aplicación de un descuento en el puntaje adjudicado.
b) en los casos de que la infracción se constate en escenarios ajenos al lugar donde se realiza el Concurso Oficial, la pena se aplicara mediante retiro temporal o definitivo del permiso de salida.
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