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R.1582.72

Los conjuntos que intervengan en el Concurso Oficial podrán actuar en el interior del país para lo cual bastara la comunicación previa por nota, al Servicio de Turismo y Eventos, siempre y cuando las fechas de salidas de la capital, no interfirieran con sus actuaciones del Concurso Oficial o compromisos contraídos con los escenarios de Montevideo.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1582.72
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XIIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título ÚnicoVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. IX, Art. 1582.72
Fuentes
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
art.72 de la reglamentación
Fuente: 
num. 73
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0013.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0006.0000.0000.0000.0000.G.0009.0000.0000.0000.0000.R.1582.0072.0000.0000.0000
Id: 
XIII-R.1582.72