Las agrupaciones pueden ser sancionadas por el Servicio de Turismo y Eventos, por la Comisión de Control o por la Comisión de Calificación en lo que a cada uno de estos Cuerpos compete, con penas que se determinarán y graduarán en cada caso según la gravedad de la infracción constatada.
Estas medidas se aplicarán a través del descuento de puntaje, sanciones económicas o bien mediante el retiro temporario o definitivo del permiso de salida, por sus actuaciones en los Desfiles Oficiales, en los espectáculos del Concurso Oficial y sus presentaciones en todo tipo de escenarios.
Respecto a la aplicación de sanciones económicas de todo tipo, el monto, que al caso corresponda descontar a los conjuntos infractores, el Servicio de Turismo y Eventos lo entregará a la Entidad representativa de los Directores de Agrupaciones Carnavalescas quienes deberán destinarlo a Instituciones benéficas o de obras sociales, de los que se deberá dar cuenta al citado Servicio.
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