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R.159.13

La Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales remitirá el expediente de la denuncia a la Unidad de Instrucción Especializada de la División Asesoría Jurídica en el plazo de 3 (tres) días hábiles contados desde su recepción, la que realizará la correspondiente investigación. Dicha Unidad iniciará la investigación interrogando al/a la denunciante, quien podrá ampliar la denuncia indicando, como mínimo, los siguientes aspectos:

a) Si ha puesto en conocimiento de la situación que le afecta a su jerarca inmediato.

b) A partir de qué momento está siendo vulnerado/a por actos que puedan constituir un supuesto de acoso sexual laboral, acoso, violencia o discriminación en el ámbito laboral o en la relación docente estudiante, incluidas aquellas por razón de género (días, semanas, meses, años).

c) Especificar si conoce la existencia de otros posibles afectados/as de parte del/de la denunciado/a.

d) Aportar, de existir, datos de posibles testigos, así como cualquier otro medio de prueba de los hechos que se denuncian.

El/la denunciante podrá concurrir a esta instancia acompañado/a de un/a abogado/a.

Una vez tomada la declaración al/a la denunciante, la Unidad de Instrucción Especializada recomendará la ratificación o rectificación de las medidas de protección adoptadas o la adopción de medidas en caso de que no se hubieran realizado. Estas serán dispuestas por resolución del/la Intendente/a, o de quien éste/a haya delegado las facultades correspondientes.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
159.13
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro II, Parte R, Título V, Art. 159.13
Fuentes
Fuente: 
num. 8
Fuente: 
num. 4
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 8
Observaciones: 
num. 16
Administrativo
Órden: 
A.0002.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.R.0159.0013.0000.0000.0000