En las expropiaciones en que medie aceptación condicional por los particulares, el trámite tendrá carácter preferencial y de urgencia, extremo que se señalará con un rótulo especial en la cubierta del expediente respectivo, a fin de que los antecedentes estén en condiciones de ser remitidos al Servico de Escribanía de la Intendencia, antes del vencimiento del plazo fijado por el expropiado.