En tales casos se requerirá del particular propietario del inmueble expropiado una manifestación expresa en el sentido de que está dispuesto a escriturar el área afectada a favor de la Intendencia, sin más trámite, y obtenida dicha declaración, se pasarán los obrados al Escribano que haya de realizar la escrituración para que lleve a cabo la misma en la forma más inmediata posible.