Asimismo, y en la medida en que la urgencia de disponer dichos inmuebles para su afectación a una obra o actividad de utilidad pública así lo determine, dicha dependencia promoverá las acciones judiciales tendientes a obtener la desocupación de tales inmuebles inmediatamente que así se lo haga saber el Departamento a cuyo cargo se encuentre la obra o actividad.