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R.1653

El plazo de sesenta días hábiles de que dispone la Intendencia para expedirse en los permisos de construcción que se soliciten al amparo del régimen previsto por el artículo 35 de la Ley Nº 14.261, se computará a partir del día inmediato siguiente hábil, a la fecha de presentación de la Fórmula B, después de haber sido aprobada la Fórmula A (de carácter informativo).

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1653
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título IV, Cap. I, Art. 1653
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.R.1653.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-R.1653