Back to top

R.1660

Hacer extensiva a todos los edificios existentes que se incorporen al régimen de Propiedad Horizontal, cualquiera sea la fecha de su ejecución, la norma contenida en el artículo R. 1703.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1660
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título IV, Cap. II, Art. 1660
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
El art. R.1703 fue dejado sin efecto por Res.IM 1699/11 de fecha 12/04/11, num. 7.
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.R.1660.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-R.1660