Corresponderá al Departamento de Planeamiento Urbano el proponer, previo los informes, constataciones y asesoramiento complementarios que estimare del caso, la pertinente resolución. A ese efecto adoptará las providencias administrativas que permitan que la resolución a dictar recaiga en forma conjunta sobre ambas solicitudes (obras de albañilería o permiso de construcción y obras sanitarias o expediente de obras sanitarias).