No se requerirá el pronunciamiento de la Comisión de Propiedad Horizontal en los casos de incorporación de edificios existentes al régimen de la Ley Nº 10.751 en que se presente un certificado de atenuación acústica expedido por el Instituto de Física de la Facultad de Ingeniería y Agrimensura referente a los entrepisos de dichos edificios que establecen que se iguale o superen los 45 decibeles.