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R.1711

(Tramitación). El interesado solicitante de la aprobación de un material, deberá hacer el seguimiento de la tramitación preliminar ante la Comisión Asesora, a través del delegado de la Intendencia en la que se efectuó el trámite, a los efectos de interesarse de la marcha del expediente de solicitud, permaneciendo a la orden para levantar las observaciones o formular las aclaraciones que se requieran.
Si efectuada una notificación, el interesado dejara de comparecer por un período mayor a seis meses, se le dará por desistido de la solicitud, archivándose la carpeta correspondiente.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1711
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título V, Cap. III, Art. 1711
Fuentes
Fuente: 
num. 10
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 9 de la reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.R.1711.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-R.1711