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R.1717

Disponer que en los edificios que se construyan, se exigirá la colocación de tanques de reserva de agua totalmente herméticos en su construcción debiendo tener tapas laterales de acceso, con cierre hermético ubicado en el tercio inferior de la altura máxima de agua y filtros de ventilación de los admitidos por la Intendencia Municipal.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1717
Estado
Estado: 
Dejado sin efecto
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título V, Cap. IV, Art. 1717
Fuentes
Fuente: 
num. 13
Observaciones: 
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.R.1717.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-R.1717