El funcionario y la funcionaria para estar habilitado/a al usufructo del horario reducido por nacimiento de hijo o por tenencia con fines de adopción, formulará la solicitud a su Director, quien dispondrá su comparecencia ante la Unidad de Certificaciones Médicas. A la misma deberá concurrir con el carné de control del niño, en el que se deberá constatar que se hayan practicado los controles correspondientes para acceder a lo solicitado.