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R.1740

Condiciones de los efluentes. No obstante la aprobación de planos, la autorización de desagüe industrial y el cumplimiento de los desagües con las condiciones exigidas, el propietario del establecimiento industrial, será, en todo caso, responsable de los perjuicios que sus desagües puedan ocasionar.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1740
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título VI, Art. 1740
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 10 de la reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0006.0000.0000.0000.0000.R.1740.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-R.1740