La autorización de habilitación para el funcionamiento del quiosco, solamente podrá ser otorgada por la oficina técnica. A tales efectos dicha oficina dispondrá una inspección final de verificación a solicitud del interesado, con su firma y la del técnico profesional responsable. Aprobada la habilitación se hará constar dicha circunstancia en el permiso otorgado.
Los permisos y las autorizaciones de habilitación concedidos al amparo de estas disposiciones tendrán carácter "precario y revocable" en todos los casos.
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