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R.1770

Personas en el campo de juego. En el sector donde se realice el espectáculo, solamente se permitirá la permanencia de los que intervienen en él, las autoridades departametales y policiales, representantes de la prensa oral y escrita y personal auxiliar de las entidades organizadoras debidamente autorizadas en cada caso.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1770
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título XI, Secc. II, Art. 1770
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 7 de la reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0011.0000.0000.0000.0000.G.0002.0000.0000.0000.0000.R.1770.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-R.1770