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R.1786

División de sectores. Las distintas localidades del estadio o campo deportivo, deberán ser dividas con elementos de suficiente solidez de metros 3.00 de altura, en sectores con circulaciones de salidas hacia los pasajes generales. Cada pasaje deberá tener salida independiente directa al exterior de las localidades. La capacidad de cada sector no podrá ser superior a diez mil espectadores.
No podrán existir comunicaciones entre los sectores a excepción de aquellas circulaciones necesarias para ser utilizadas en caso de emergencia y circunstancias especiales.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1786
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título XI, Secc. V, Art. 1786
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 23 de la reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0011.0000.0000.0000.0000.G.0005.0000.0000.0000.0000.R.1786.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-R.1786