Infracciones y penalidades. Las infracciones a la presente disposición serán sancionadas con arreglo al régimen de penalidades vigentes.
Notas:
Las infracciones serán sancionadas conforme a lo dispuesto en el artículo 20.º (INFRACCIONES CONSTADAS), Sección XIII del Régimen Punitivo Departamental (Decreto N.º 21.626).
