Cuando un grupo afin de interesados, gestione una solicitud para construir un conjunto de viviendas de conformidad con lo previsto en el artículo D.4461 (literal D) del Digesto Departamental, deberán adjuntar a dicha solicitud el proyecto del conjunto correspondiente, incluyendo todos los recaudos necesarios (albañilería, estructura, sanitaria, eléctrica) con la firma de un profesional responsable que realizará directamente la obra.