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R.19.33

A las Divisiones Región Centro, Este y Oeste en el ámbito territorial de su jurisdicción, compete:
1- Coordinar los servicios descentralizados que se brindan a través de los Centros Comunales Zonales.
2- Coordinar los recursos humanos y materiales para que los Centros Comunales Zonales puedan desarrollar su tarea y unificar los criterios de trabajo en las diferentes zonas.
3- Brindar información al vecino.
4- Realizar los trámites actualmente desconcentrados, recibiendo denuncias y facilitando el rápido diligenciamiento ante los servicios que correspondan.
5- Fiscalizar, en general, el cumplimiento de las diferentes normas municipales, a efectos de dar una mejor calidad de vida y seguridad a los vecinos de Montevideo.
6- Fortalecer la participación social y política de los montevideanos integrantes de Juntas Locales y Concejos Vecinales.
7- Mantener el alumbrado público de las calles y demás espacios públicos ubicados dentro del territorio de los Centros Comunales de su jurisdicción.
8- Mantener las áreas verdes ubicadas dentro del territorio de los Centros Comunales de su jurisdicción.
9- Realizar el barrido manual de calles y espacios públicos dentro del territorio de los Centros Comunales Zonales de su jurisdicción.
10- Brindar el servicio de expedición de testimonios de partidas del registro civil del departamento.
11- Brindar el servicio de inspección en las áreas edilicia, comercial, industrial, higiénica, alimentaria, vial, etc.
12-Proveer cuadrilla polifuncional con tareas diversas en espacios públicos, tránsito, saneamiento y acondicionamiento de locales municipales.
13- Realizar las tareas de tratamiento del arbolado, el mantenimiento de la vialidad y el bacheo.
14- Administrar los locales municipales y los derechos de uso sobre los puestos de los Mercados Municipales, explotados, ambos, con fines sociales.
15- Brindar el servicio de barométrica en los Centros Comunales Zonales de la periferia de Montevideo.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
19.33
Estado
Estado: 
Dejado sin efecto
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro I, Parte R, Título II, Cap. I, Art. 19.33
Fuentes
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 3
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R.19.8, R. 19.9, R.19.10
Administrativo
Órden: 
A.0002.0000.0000.0000.0000.D.0001.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.R.0019.0033.0000.0000.0000
Id: 
II-R.19.33