Entre el 1º y el 10 de cada mes los distintos servicios, sin excepción, deberán comunicar al Servicio de Recursos Humanos el movimiento y asistencia de sus funcionarios, ajustado al siguiente orden:
a) Faltas con aviso;
b) Faltas sin aviso;
c) Sanciones aplicadas;
A estos efectos, antes del 20 de cada mes el Servicio de Recursos Humanos elevará al Departamento Administrativo la nómina de los servicios omisos, y dicho Departamento propendrá en su inmediato acuerdo con el Intendente Municipal las sanciones que correspondan.
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