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R.245.11

Desempate.
En los concursos internos, para el caso en que dos o más funcionarios se hallen en igualdad de puntaje total a la hora de procederse a la definición, se tomará en cuenta a aquel que reúna el mayor puntaje en la calificación general, estableciéndose como criterio subsidiario para los casos en que persista esta paridad el de mayor puntaje en las pruebas.

En el caso de que el empate se produzca en concursos abiertos, a la hora de procederse a la definición preferirá aquel que reúna el mayor puntaje en la instancia de prueba, y para los casos en que persista esta paridad se establece como criterio subsidiario el de mayor puntaje en el factor formación del componente méritos.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
245.11
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título ÚnicoVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IV.I.I, Secc. VII, Art. 245.11
Notas: 

En virtud de la aprobación de la Res IM Nº 5797/18, de fecha 10 de diciembre de 2018, el nuevo reglamento de Concursos, aprobado por la Res IM 5138/18 de fecha 5 de noviembre de 2018, entrará en vigencia con el primer concurso que se apruebe del cronograma de concursos para el primer semestre del ejercicio 2019.

Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Art. R.245.10
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0003.0000.0000.0000.0000.D.0003.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.EEEE.0000.0000.0000.0000.F.0004.0001.0001.0000.0000.G.0007.0000.0000.0000.0000.R.0245.0011.0000.0000.0000
Id: 
III-R.245.11