Los funcionarios con derecho a aspirar a la promoción que se hallan incluidos en la lista de prelación de cada Tribunal, promoverán hasta el porcentaje establecido por la Administración, el que se aplicará sobre el total de funcionarios adjudicados a cada Tribunal.
Dicho porcentaje, calculado en base a la partida presupuestal disponible en cada período de promociones y el costo medio del incremento resultante para la población en condiciones de promover, será comunicado con las pautas específicas previstas por el Art.249.
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