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R.272

Cada año la Administración determinará la fecha en que se realizará el plan anual de licencias correspondiente al año siguiente. En éste se establecerán las fechas en que cada funcionario/a hará uso de su licencia, así como el mes que optará por percibir el salario vacacional, teniendo en cuenta los porcentajes establecidos y difundidos por la Administración.

El contralor de los porcentajes será realizado por el Servicio Administración de Gestión Humana. Cada Director/a será responsable de mantener el correcto funcionamiento de su dependencia al elaborar el plan, en cuanto a la ausencia de sus funcionarios/as por uso de la licencia anual.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
272
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título ÚnicoVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VI, Secc. III, Art. 272
Fuentes
Fuente: 
num. 15
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 5
Observaciones: 
num. 6
Administrativo
Órden: 
A.0003.0000.0000.0000.0000.D.0003.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.EEEE.0000.0000.0000.0000.F.0006.0000.0000.0000.0000.G.0003.0000.0000.0000.0000.R.0272.0000.0000.0000.0000
Id: 
III-R.272