La licencia podrá ser solicitada en cualquier momento, durante la enfermedad de los familiares indicados en el Art. R.342.2 y regirá desde la fecha de la solicitud o de la que se indique en el pedido y en ningún caso tendrá efecto retroactivo.
La licencia podrá ser solicitada en cualquier momento, durante la enfermedad de los familiares indicados en el Art. R.342.2 y regirá desde la fecha de la solicitud o de la que se indique en el pedido y en ningún caso tendrá efecto retroactivo.
© copyright 2016 | Intendencia de Montevideo | Todos los derechos reservados