De surgir alguna tarea que no sea contemplada en las categorías que se establecen en el artículo R. 355 previo informe médico, se librará mensaje a la Junta Departamental, propiciando su inclusión como tarea insalubre.
De surgir alguna tarea que no sea contemplada en las categorías que se establecen en el artículo R. 355 previo informe médico, se librará mensaje a la Junta Departamental, propiciando su inclusión como tarea insalubre.
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