La cobranza de los Tributos de Alumbrado y Salubridad, Conservación de la Red de Saneamiento, Higiene Ambiental, Contadores, Casas de Huéspedes y Adicional Mercantil, que se efectúa a domicilio, será ejecutada por funcionarios dependientes del Servicio de Ingresos Domiciliarios (Departamento de Hacienda) con sujeción a las Disposiciones del Estatuto del Funcionario Municipal y a la presente reglamentación.