Las denuncias presentadas individualmente ante la Administración deberán tener el siguiente tratamiento:
a) Ningún dato personal que identifique al denunciante será incluido ni en el expediente ni en el Sistema de Expedientes de la Intendencia;
b) Los datos personales del denunciante quedarán registrados en la Sección I del Formulario "Presentación de Denuncias", estando la Sección II destinada a la formulación específica de la denuncia y a su incorporación al expediente generado;
c) La Sección I del citado formulario, quedará en poder de la Dirección del Servicio, identificado con el mismo número que se haya asignado al expediente, pudiéndose de este modo asociar ambas informaciones si eventualmente ello fuere necesario.