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R.424.112

Unidad de estacionamiento: es la superficie necesaria para la ubicación de un automóvil y estará determinada por:

a) una longitud de 7 (siete) metros por 2.50 (dos con cincuenta) metros de ancho cuando el estacionamiento se efectúe en forma paralela al eje de la calzada; o

b) una longitud de 3 (tres) metros por 7 (siete) metros cuando el estacionamiento se efectúa en diagonal o perpendicular a aquél.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.112
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte R, Título IX, Cap. III, Art. 424.112
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 2º de la reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0009.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.R.0424.0112.0000.0000.0000
Id: 
V-R.424.112