El carné de salud profesional, tendrá una vigencia de 2 años independientemente del plazo otorgado por el certificado médico-psicológico, en las siguientes circunstancias: conductores de unidades de transporte colectivo de pasajeros, taxímetros, remises, transporte de escolares y vehículos de emergencia y toda otra situación asimilable según determinación fundada de la División Tránsito y Transporte.