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R.424.168

Será de competencia de los profesionales de la Intendencia y/o de las Instituciones de asistencia médica colectiva y otras prestadoras de servicios de salud privadas habilitadas, decidir sobre el tiempo de vigencia con que será expedido el certificado de aptitud correspondiente, teniendo criterios estrictamente médico-psicológicos.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.168
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte R, Título XII, Cap. I, Secc. II, Art. 424.168
Fuentes
Fuente: 
num. 6
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0012.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0002.0000.0000.0000.0000.R.0424.0168.0000.0000.0000
Id: 
V-R.424.168