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R.424.18.9

Homologación de licencias de conducir expedidas por otros departamentos del país o sus Municipios que habilitan a conducir vehículos afectados a servicios privados de interés publico. Las licencias que habilitan a conducir vehículos afectados a servicios privados de interés público en Montevideo, dada la particularidad del servicio que se prestará, se homologarán debiendo estar vigentes a la fecha de su revalida, de acuerdo a lo dispuesto para las licencias de conducir que expide esta Intendencia, debiéndose previamente aprobar las pruebas prácticas y/o teóricas que establezca el Servicio Contralor de Conductores.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.18.9
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título II, Cap. I.I, Art. 424.18.9
Fuentes
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
art. 1º de la reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0001.0001.0000.0000.0000.R.0424.0018.0009.0000.0000