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R.424.193

Las normas de carácter genérico, son compartidas por estos conductores al igual que en los profesionales. 

Sin embargo a estos conductores no se les someterá, de rutina, a exámenes de laboratorio, psicotécnico, radiografía de tórax, ergometría y otros exámenes. Sólo se emitirá la certificación de aptitud correspondiente con la vigencia y eventualmente los códigos que pudieren surgir de la evaluación.

No obstante, según el caso, se podrán solicitar los exámenes paraclínicos y certificaciones que se considere menester efectuar, a criterio del profesional actuante, así como plazo de vigencia a otorgar y también la posible causa de denegatoria.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.193
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título XII, Cap. I, Secc. III, Art. 424.193
Fuentes
Fuente: 
num. 7
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0012.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0003.0000.0000.0000.0000.R.0424.0193.0000.0000.0000
Id: 
V-R.424.193