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R.424.201

Causales de denegatoria.

● Quienes sufran cualquier alteración del campo visual, que a juicio del profesional actuante, pudiera significar un riesgo para la conducción segura.

● Quienes no logren en forma definitiva los mínimos de visión indicados en el capítulo de mediciones – exigencias.

● Quienes presente ptosis palpebrales bilaterales severas.

● Diplopía.

● Quienes padezcan afecciones oftalmológicas de tal magnitud, que a juicio del profesional actuante se consideren inhabilitantes para la conducción.

● Quienes padezcan de epilepsia, que aunque compensada y tratada, hayan tenido una crisis convulsiva en menos de 1 año, o los que padezcan crisis subintrantes.

● Quienes a juicio del profesional actuante, presenten afecciones de cualquier índole, que se estime pertinente su denegatoria.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.201
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título XII, Cap. I, Secc. III, Art. 424.201
Notas: 

Por Resolución No. 5014/03 se sustituyó todo el Capítulo I del Título XII quedando vacíos de contenido los artículos R.424.202  a  R.424.216.

Fuentes
Fuente: 
num. 7
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0012.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0003.0000.0000.0000.0000.R.0424.0201.0000.0000.0000
Id: 
V-R.424.201