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R.424.201

Causales de denegatoria.

● Quienes sufran cualquier alteración del campo visual, que a juicio del profesional actuante, pudiera significar un riesgo para la conducción segura.

● Quienes no logren en forma definitiva los mínimos de visión indicados en el capítulo de mediciones – exigencias.

● Quienes presente ptosis palpebrales bilaterales severas.

● Diplopía.

● Quienes padezcan afecciones oftalmológicas de tal magnitud, que a juicio del profesional actuante se consideren inhabilitantes para la conducción.

● Quienes padezcan de epilepsia, que aunque compensada y tratada, hayan tenido una crisis convulsiva en menos de 1 año, o los que padezcan crisis subintrantes.

● Quienes a juicio del profesional actuante, presenten afecciones de cualquier índole, que se estime pertinente su denegatoria.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.201
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte R, Título XII, Cap. I, Secc. III, Art. 424.201
Notas: 

Por Resolución No. 5014/03 se sustituyó todo el Capítulo I del Título XII quedando vacíos de contenido los artículos R.424.202  a  R.424.216.

Fuentes
Fuente: 
num. 7
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0012.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0003.0000.0000.0000.0000.R.0424.0201.0000.0000.0000
Id: 
V-R.424.201