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R.424.219.2

Se contemplarán como situaciones especiales las solicitudes de los menores de edad con una discapacidad del 50% (cincuenta por ciento) o más en la funcionalidad de sus extremidades y los no videntes legales. Los mismos serán valorados desde el punto de vista médico y social, como requisito para acceder al beneficio correspondiente.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.219.2
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título XII, Cap. II, Art. 424.219.2
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 5 de la reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0012.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.R.0424.0219.0002.0000.0000
Id: 
V-R.424.219.2