De la naturaleza Jurídica del Servicio de Academias de Conducir.- El servicio de enseñanza de conducción en el Departamento de Montevideo es una actividad privada de interés público, cuyo cumplimiento ha de ajustarse a lo dispuesto en el Capítulo 1.1 “De las Academias de Conducir” del Título II “De la fiscalización administrativa sobre conductores y vehículos”, Parte Legislativa del Libro IV “Del Tránsito Público” del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental.