Disposición Transitoria.- La Intendencia de Montevideo limitará la concesión de permisos para la explotación del servicio de academias de conducir cuando del estudio de la demanda surja la necesidad de su reducción. En todas los casos no previstos en esta Reglamentación, se estará a lo que resuelva la División Tránsito. Se concede un plazo de 12 (doce) meses contados a partir de dictada la Resolución que aprueba la presente reglamentación para que los permisarios, los instructores y los vehículos afectados al servicio se ajusten a lo dispuesto en la presente reglamentación.-