En todas las obras y eventos que se realicen en la vía pública deberán aplicarse en lo pertinente las Normas UNIT 1114:2007, 1115:2007 y 1125:2007 de Señalización Vial.
Se entiende por evento toda actividad, acontecimiento o similar, programada o no, que se produzca y afecte la circulación en la vía pública.
También las referidas Normas UNIT se aplicarán en lo pertinente a los efectos indicados en los artículos D. 620 y D.658, para el personal y equipo autorizado a trabajar en la calzada y acera.
La División Tránsito y Transporte podrá determinar las excepciones y actuaciones adicionales que correspondan.
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