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R.440

Establecer, para mejor determinar las condiciones de aplicación de la tarifa diferenciada, la siguiente norma: Si en en el lugar indicado como límite no existe parada, el pasajero podrá llegar hasta la parada inmediata posterior, o iniciar su viaje desde la inmediata anterior, sin considerarse en tal caso el atravesamiento de un límite.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
440
Estado
Estado: 
Dejado sin efecto
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro V, Parte R, Título I, Cap. I, Secc. VI, Grupo 1, Art. 440
Fuentes
Fuente: 
num. 4
Observaciones: 
Fuente: 
num. 3
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0006.0000.0000.0000.0000.I.0001.0000.0000.0000.0000.R.0440.0000.0000.0000.0000
Id: 
V-R.440