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R.444.2

Para obtener el beneficio de viaje bonificado para jubilados y pensionistas y la correspondiente "Tarjeta Habilitante" en cualquiera de las categorías, los interesados deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de 55 años las mujeres y 60 años los hombres.
b) Estar registrado en la base de datos de las siguientes instituciones de previsión social: BPS Instituto de Previsión Social, Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa Nacional y Dirección Nacional de Asistencia Social Policial del Ministerio del Interior.
c) Dichas Instituciones actuarán como Agentes Externos, siendo responsables de mantener actualizada la información y reportar a la Intendencia, vía informática, toda modificación que se produzca en el beneficio o en el beneficiario.
d) Deberá presentarse en los locales habilitados para la expedición de la respectiva tarjeta con cédula de identidad vigente, abonando los gastos administrativos exigibles

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
444.2
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro V, Parte R, Título I, Cap. I, Secc. VI, Grupo 8, Art. 444.2
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 3
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Inc.II, lit. a) y b) inc. III e inc. V
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0006.0000.0000.0000.0000.I.0008.0000.0000.0000.0000.R.0444.0002.0000.0000.0000
Id: 
V-R.444.2