De los carnés expedidos por el personal incluido en la presente Sección, se dará conocimiento por intermedio de una relación documentada, a las empresas de transporte colectivo, acompañándose copia fiel del tipo de carné adoptado.
De los carnés expedidos por el personal incluido en la presente Sección, se dará conocimiento por intermedio de una relación documentada, a las empresas de transporte colectivo, acompañándose copia fiel del tipo de carné adoptado.
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