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R.465.10

Serán beneficiarios del Fondo las empresas que actualmente son permisarias o concesionarias de servicios de transporte colectivo urbano en el Departamento de Montevideo y que hayan acordado su participación en el Fondo para la renovación tecnológica del Transporte Colectivo Urbano de Montevideo (el fondo) mediante acuerdo suscrito con la Intendencia de Montevideo a tales efectos.
La Intendencia de Montevideo establecerá en una futura Resolución, las empresas que hayan acordado su participación en el fondo.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
465.10
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro V, Parte R, Título I, Cap. I, Secc. VIII, Grupo I, Art. 465.10
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 1º de la Reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0008.0000.0000.0000.0000.I.0001.0000.0000.0000.0000.R.0465.0010.0000.0000.0000