A tales efectos la Intendencia de Montevideo procederá a descontar los montos que correspondan por concepto de contribuciones no vertidas más las multas e intereses de mora que correspondan, de las sumas que las empresas tengan derecho a recibir por concepto de la recaudación centralizada proveniente de la utilización de la tarjeta STM, notificando a tales efectos al fiduciario que administra el Fideicomiso STM para que abone las sumas descontadas al cesionario o beneficiario de los activos del Fondo, en la misma forma en que debieron ser abonadas las contribuciones no pagadas por dicha empresa.