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R.523.10

DE LOS VEHÍCULOS.- Los vehículos que se destinen a la explotación del servicio de transporte de escolares deben reunir las condiciones dispuestas en el Art. D. 779.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
523.10
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro V, Parte R, Título II, Cap. IV, Art. 523.10
Fuentes
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Viene del art. R 523.7.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Viene del art. R523.7.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Viene del art. R 523.7.
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.R.0523.0010.0000.0000.0000
Id: 
V-R.523.10