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R.523.23.3

Vehículos siniestrados. En caso de siniestro con tasación de restos irrecuperables por parte de las entidades aseguradoras, la unidad sustituta no podrá tener una capacidad menor a la unidad siniestrada.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
523.23.3
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro V, Parte R, Título II, Cap. V, Art. 523.23.3
Fuentes
Fuente: 
num. 3
Fuente: 
num. 3
Fuente: 
num. 3
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.R.0523.0023.0003.0000.0000
Id: 
V-R.523.23.3